¿Participación o abstención electoral? (y III) Legitimidad democrática de la abstención
[“La abstención es un comportamiento tan democrático como acudir a las urnas. Es un derecho reconocido en las Leyes electorales y que, por ello, debe ser protegido (por eso la oficina española de la Unión Europea fue obligada a retirar publicidad institucional llamando al voto.) Los poderes públicos no pueden actuar favoreciendo la opción de votar frente a la de abstenerse, porque ambas son igualmente legítimas…Es así que el derecho a votar no significa en modo alguno obligatoriedad legal, ni tampoco moral, al igual que el derecho al divorcio no puede obligar a nadie a divorciarse. Lo que contradice una idea no por grotesca menos extendida: la de que quienes no votan no tienen luego derecho a protestar… La abstención, si es consciente y razonada, supone una forma de participación política tan legítima como la de votar a un partido u otro, echar en la urna una papeleta en blanco o convertirla en nula (aunque en este sentido si votas en blanco o nulo te cuentan de todas maneras entre los votantes y esto se asimila a que apoyas el sistema, sea ésta tu intención o no).]
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