Opinión

Canarias en la Revolución Verde

El Cannabis sativa o como se la conoce coloquialmente Marihuana, es una planta milenaria que hoy más que nunca está de actualidad.

Ya desde tiempos remotos esta planta ha estado caminando junto al hombre con multitud de usos desde la alimentación con sus semillas, pasando por la construcción de navíos y fabricación de tejidos, siendo sus fibras empleadas en multitud de usos para la vida cotidiana, como apuntes para reconocer la importancia de su uso en la antigüedad; destacar que el primer libro realizado con imprenta uso papel de cáñamo, la constitución de los Estados Unidos se plasmo en papel de cáñamo y casi todo el papel moneda antiguo era de cáñamo por su resistencia y durabilidad. El cannabis más antiguo hallado se encontró en una remota cordillera de China en una tumba que, tras las pruebas pertinentes, se dato hace 2.700 años, con unas flores en un estado optimo de conservación.

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El uso más reconocido hoy en día es el que le da el ser humano con fines medicinales o lúdicos, usando para ello las flores del cannabis, que es donde se producen las sustancias THC, CBD, CBN y otras decenas de moléculas que están siendo sometidas a un riguroso estudio por parte de la comunidad científica.

Durante el 2015 sonaron tambores de regularización a nivel mundial, ya que esta planta se encuentra inscrita como dañina y sin ningún valor medicinal en el tratado de Drogas de Naciones Unidas desde que en 1936 el Gobierno de EE.UU. impulsara su ilegalización en todos sus territorios y promulgara el mismo tratamiento al resto del mundo, aprovechando su poderío imperialista. 22 Estados de EE.UU. han regulado el uso del cannabis en sus fronteras en esta última década, siendo reconocida por la agencia Americana del Cáncer como una sustancia anti cancerígena.

Esta nueva ola de regulación no viene de Europa, cómo cabía presuponer, más bien ha sido Sudamérica la punta de lanza de este nuevo enfoque y valoración de esta planta natural.

Uruguay dio la sorpresa en 2014 cuando permitió el cultivo y distribución de manos de su reformista presidente Mujica, fueron razones de lucha contra el narcotráfico las enarboladas por el presidente, le han seguido México y Colombia, y otros países han emprendido mediadas para despenalizar su consumo. A principios de 2016 Canadá ha anunciado su regulación completa para un uso medicinal y lúdico.

En Europa parece que el inmovilismo de los gobiernos hace su labor ya que solo Holanda cuenta con una legislación clara sobre lo que está permitido y lo que no, en el resto de países dependiendo del gobierno se persigue o castiga en menor medida. En el estado Español desde hace una década se ha iniciado un concepto revolucionario que ha tenido su origen en Euskadi y Cataluña denominados Asociaciones de Usuarios de Cannabis, siendo entes sin ánimo de lucro.

En Canarias se cuenta en la actualidad con 124 asociaciones de este tipo repartidas por Tenerife; Gran Canaria; Lanzarote y Fuerteventura, siendo Tenerife la isla que cuenta con mayor número de asociaciones, 42.

La existencia de estas se amparan en los decretos del Tribunal Supremo sobre consumo propio y consumo compartido y la alegalidad de muchas de las actividades, siendo establecida las pautas a seguir en base a las diferentes sentencias tanto absolutorias como condenatorias a asociaciones de este tipo, decir que esta especie de autorregulación se inicio ante la indefensión que se sentía por parte de las administraciones al negarse a regular las actividades de una manera clara y sin ambigüedades o vacios legales.

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Esta autorregulación tiene unos principios claros que van encaminados a demostrar que la sustancia que se dispensa en las asociaciones es para un determinado grupo de usuarios, reconocidos formalmente y que no podrá derivarse al denominado como mercado negro.

Para poder acceder a la calidad de socio se ha de ser mayor de 21 años, ser usuario reconocido de la sustancia y venir avalado por un socio ya adscrito a dicha asociación.

Estas asociaciones sin ánimo de lucro se sustentan gracias a las aportaciones de los socios que son utilizadas para generar la cosecha de cannabis sativa y su posterior dispensación entre los socios en base a sus contratos personales de consumo y cultivo, de esta manera se cultiva solo lo demando por los socios no pudiendo generar excedentes que no puedan ser avalados y almacenados, también el mantenimiento de la sede y de las instalaciones de la asociación se sustentan con las aportaciones de los socios.

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Este formato de asociaciones tiene su talón de Aquiles en los cultivos de cannabis ya que al no estar clarificado, como así reconoce el Supremo en sus tres últimas sentencias condenatorias, lo que es delito y lo que no, genera una sensación de indefensión que juega en contra de la constitución de este tipo de clubs. El código penal recoge que quien elabore cultivos y sus distribución podrá ser imputado por un delito contra la salud pública, pero en multitud de sentencias absolutorias sobre este tipo de entes se descarta este delito, en razonamiento jurídico por carecer de pruebas que avalen la comisión de dicho delito, así pues se deja a la interpretación del juzgador que actividades de cultivo podrían ser constitutivas de delito; para rizar mas el rizo la última Ley de Seguridad Ciudadana introdujo una modificación que señalaba como delito aquellos cultivos que estuvieran a la vista y acceso del público en general, lo cual ha traído mas indefensión que seguridad.

Una vez que el Cannabis es cosechado y preparado se lleva a la sede social para ser dispensado entre los socios a razón de su previsión de consumo y su aportación al club, siendo su precio establecido por los costes de producción y distribución sin generar beneficio.

Estas asociaciones para estar establecidas de manera legal, han de generar unos estatutos concretos con sus fines y actividades que han de ser presentados en el registro de asociaciones del Gobierno de Canarias para su inscripción, por tanto pueden pedir su C.I.F en Hacienda y pedir una Licencia de Actividad en cualquier ayuntamiento en el cual se quieran establecer.

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A pesar de todos estos requisitos que se cumplen, es solo el funcionamiento interno de dicha asociación la que podrá ser la mejor valedora de sus fines y actividades, recayendo sobre la junta directiva toda la responsabilidad de las actividades generadas y siendo ellos los mejores garantes del cumplimiento estricto de las normas establecidas.

Las asociaciones representan la mejor herramienta en la lucha contra el narcotráfico, ya que si se establecen por ley este funcionamiento se conseguirá que por un lado los menores no puedan acceder a la sustancia y por otro que el dinero que ingresan las mafias por el narcotráfico dejaría de fluir, y no podría seguir sustentando sus organizaciones criminales que son quienes han distribuido esta sustancia de manera ilegal durante demasiado tiempo, acarreando un notable riesgo para la salud al utilizar productos tóxicos, para adulterar el peso y así subir sus ganancias.

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El que un grupo de ciudadanos se constituyan en asociación debería ser primado por la administración no perseguido por sus cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.

Sin una regulación clara en esta materia se genera que este grupo de ciudadanos no puedan hacer valer los derechos que le asiste en la Constitución actual y por el contrario ven con estupor como son vulnerados sus derechos en cada proceso penal que se decide iniciar.

Como dijo el gran activista de derechos civiles Gandhi: “En cuanto alguien comprende que obedecer leyes injustas va contra la dignidad del propio ser ninguna tiranía puede gobernarle”, esta es la razón de ser de estas asociaciones, luchar activamente contra estas leyes represivas que impiden que el cannabis cuente con el lugar que se merece en la sociedad.

 

 

 

 

 

 

Thailo Rodríguez Pérez

 

 

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