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“La Palma Por Un Territorio Sostenible” presenta alegaciones para que no puedan desarrollarse proyectos turísticos “en cualquier clase y categoría de suelo”

-Las alegaciones rechazan la ordenanza del Cabildo, aprobada el pasado mes de abril, que regula los proyectos turísticos que podrán ser declarados de “interés insular”.

-La Ley 2/20016 introdujo los denominados “instrumentos de planificación singular turística”, para permitir la inmediata ejecución de proyectos y actuaciones singulares “en cualquier clase y categoría de suelo”.

-La Plataforma denuncia que con la ordenanza “se pretende autorizar la implantación de determinados equipamientos turísticos previstos por el PTE, cuya aprobación definitiva fue anulada judicialmente por el incumplimiento de las garantías medioambientales.”

-Han sido redactadas por Santiago Pérez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna y por Faustino García Márquez, arquitecto y urbanista.

La Plataforma “La Palma Por Un Territorio Sostenible”, formada por movimientos sociales, sindicatos, partidos políticos y ciudadanos y ciudadanas a título particular, presentará alegaciones contra la ordenanza del Cabildo, aprobada el pasado mes de abril, que regula los proyectos turísticos que podrán ser declarados de “interés insular”.

Las alegaciones, redactadas por Santiago Pérez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna y por Faustino García Márquez, arquitecto y urbanista, solicitan que se deje sin efecto el acuerdo por el que se aprobó la ordenanza basándose en que la Ley 2/2016, de 27 de septiembre, conocida como Ley Turística de las Islas Verdes, en cuya ejecución se pretende aprobar la referida ordenanza, tiene como finalidad evitar el cumplimiento de la Sentencia del Tribunal Supremo de 18-5-2015.

Esta sentencia declaró radicalmente nulo el Decreto 123/2008, de 27 de mayo, del Gobierno de Canarias, con el que culminaba el procedimiento de elaboración y aprobación del Plan Territorial Especial de Ordenación del Turismo de La Palma (PTE) “al haberse incumplido en la aprobación definitiva del Decreto el trámite de evaluación ambiental estratégica”.

Por tanto, de entrar en vigor la ordenanza, se estaría infringiendo gravemente el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y vulnerando normas europeas de aplicación prevalente y normas estatales de carácter básico que deben ser respetadas por la legislación autonómica y por las Administraciones Públicas.

La Ley 2/20016 introdujo en el sistema de ordenación territorial del Archipiélago canario los denominados “instrumentos de planificación singular turística”, a los que se pretende reconocer la naturaleza de instrumento de ordenación territorial, es decir de normas jurídicas, para permitir la inmediata ejecución -al margen del planeamiento- de proyectos y actuaciones singulares “en cualquier clase y categoría de suelo”.

A través de los “instrumentos de planificación singular turística”, la Ley autoriza directamente una serie de actuaciones y proyectos que producirán una constatada “afectación segura” sobre Zonas Especiales de Protección de Aves, Áreas Importantes para las Aves (IBAs) y Lugares de Importancia Comunitaria, integrados en la Red europea Natura 2000.

Lo que se pretende a través de la mencionada Ley y de esta ordenanza es autorizar la implantación de determinados equipamientos turísticos en la Isla de La Palma previstos por el PTE, cuya aprobación definitiva fue anulada judicialmente por el incumplimiento de las garantías medioambientales (Evaluación Ambiental Estratégica), reincidiendo en los incumplimientos que motivaron su anulación judicial.

Estos Proyectos de Planificación Singular Turística son el equivalente de los Proyectos de Interés Insular o Autonómico, uno de los mecanismos más agresivos contra la ordenación del territorio y la protección del medioambiente previstos en el Proyecto de Ley Canaria del Suelo que será aprobada próximamente, en cumplimiento de las instrucciones dadas al Gobierno de Canarias por la Asociación de Constructores y Promotores.

La presentación de alegaciones es un derecho de los ciudadanos, que pueden hacerlo por vía telemática. El plazo de presentación termina el próximo 7 de junio. A tal efecto, ponemos a disposición de la ciudadanía y colectivos sociales el escrito de alegaciones, adjuntándolo a esta nota de prensa.

La Palma, 2 de junio de 2017.

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