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España aplica a Canarias una legislación marítima sin valor jurídico internacional

“Tenemos que decir fuerte y claro, en donde proceda, que ya está bien, que los canarios tenemos que mandar en nuestra tierra”

Tenemos que explicar por qué el titular del presente escrito. ¿Saben los canarios el dinero que general plusvalía en los puertos y aeropuertos, en los alojamientos turísticos y los espectáculos de ocio? ¿En las empresas españolas con grandes obras de infraestructuras, entidades bancarias y aseguradoras? Ustedes se preguntarán: ¿pagan impuestos a la Hacienda Canaria? Indudablemente, NO.

Cierto es que los canarios queremos tener los instrumentos políticos necesarios para evitar que los foráneos se queden con todas las riquezas que se llevan. Tenemos que decir fuerte y claro, en donde proceda, que ya está bien, que los canarios tenemos que mandar en nuestra tierra de una puñetera vez, los canarios y canarias tenemos que mandar a parar, ser nosotros mismos. Nadie de afuera puede decirnos cómo tenemos que defender lo que mejor interesa a Canarias.

Desmintiendo a los gobiernos de España sobre el “mar canario”

Antes del 14 de noviembre de 1975 el sector pesquero en el Sáhara producía el 35% del  P.I.B. de Canarias; y hasta 1995 la empresa que más generaba riqueza era la empresa pesquera “canaria” FREIREMAR, S.A., junto a otras empresas también de pesca, asociadas a la patronal pesquera industrial “canaria” de ANACEF, cuyo presidente era Manuel Freire Veiga, y el gerente, el ínclito José Manuel Fontán, quien se encargaba a negociar los acuerdos de pesca, primero entre marruecos y España, y luego con la Unión Europea.

Lo inverosímil fue que Fontán era una “agente doble”. Me explico. Para sacar ventajas para las empresas de su patronal, a la vez que era portavoz del sector pesquero canario, ayudaba a Marruecos ante la Unión europea en las exportaciones de los productos marroquíes, incluso, la pesca de barcos de ANACEF desembarcadas en puertos marroquíes, se certificaba como de exportación canaria. El resto de abusos en la desaparición del sector pesquero canario es otra historia que contaré en otro momento.

La parte sangrante es la eterna política de saqueo, en nombre de la legislación interna española, como son la Constitución española, el Estatuto de Autonomía y demás leyes marítimas de aplicación internas.

Si se presentaban proposiciones de ley en el Parlamento o el Senado de España, que fueran encaminada al reconocimiento de los espacios marítimos de Canarias como archipiélago, señalando la mediana equidistante con Marruecos, Portugal y el Sáhara, se contestaba que lo que pedían los canarios era anticonstitucional y va contra el derecho internacional. Cuarenta años con mentiras, ya está bien, mandemos a parar.

España legisló un Real Decreto 2510/1977, de 5 de agosto, para la delimitación marítima insular. Las aguas interiores son insulares, partiendo de unir los puntos más salientes alrededor de cada isla. Por lo que, cada isla tendrá espacios marítimos diferentes de “aguas interiores”.

España legisló la Ley 10/1977, para designar las aguas territoriales con plena soberanía española sobre una anchura de 12 millas marinas. Otras doce millas marinas a continuación, otras doce millas marinas, llamadas aguas contiguas al Mar, para tomar medidas de fiscalización pudiendo prevenir y sancionar las infracciones cometidas dentro de las 24 millas de la costa. A partir de dicho punto, otras 176 millas marinas llamadas de Zona Económicas Exclusiva.

España legisló la Ley 15/1978, de 20 de febrero para designar un espacio marítimo llamado de Zona Económica Exclusiva, con una anchura desde la costa hasta las 200 millas marinas sobre dicha zona, España tendría los derechos de jurisdicción para la explotación de los recursos económicos en dicha área. Cuando las Naciones Unidas organizó la III Convención del Mar, firmando el Tratado Internacional del Mar, el 10 de diciembre de 1982, por el cual todas las Leyes Internas de los Estados firmantes, estaban comprometidos a derogar sus leyes marítimas, además revisar las estipulaciones de sus constituciones que fuesen contrarias al nuevo Derecho Marítimo internacional y adaptarlas a lo acordado en por la Convención del Mar de las Naciones Unidas.

España no ha querido derogar las Leyes Marítimas 10/1977, sobre Mar Territorial, la Ley 15/1978, sobre Zona Económica Exclusiva y el Real Decreto 2510/1977, sobre líneas de base rectas insulares. España mantiene en vigor, solo a efectos internos, Leyes Marítimas para aplicarlas exclusivamente a Canarias, y así llevamos cuarenta años negando en las Cortes Generales que Canarias fuese jurídicamente un archipiélago.

 

Antonio Rodríguez de León

jubilado

Vicepresidente de la Plataforma por el Mar Canario

ExPatrón de Pesca del Banco Pesquero Sahariano

 

Imagen de cabecera: https://memoriadelanzarote.com

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