Política

CC y PSOE, derrotados en el Pleno al querer acaparar al 100% del personal eventual

José Alberto Díaz pretendió primero que no se votara este punto, aludiendo a la necesidad de que la secretaria informara sobre una enmienda presentada por Pérez; pero al retirarla no tuvo otro remedio que pasarla a votación y perderla con el único apoyo del PSOE

El Gobierno del Ayuntamiento de La Laguna (CC-PSOE) ha vuelto a salir derrotado en el Pleno de este jueves en su intención de desestimar el recurso de reposición presentado por el portavoz de Por Tenerife-Nueva Canarias (XTF-NC), Santiago Pérez, contra el acuerdo sobre la adscripción de personal eventual a los grupos poticos.

El origen del problema se encuentra en el hecho de que todo el personal eventual al servicio del Ayuntamiento lo acapara el Gobierno (27 asesores para nueve concejales). De ahí, que Santiago Pérez propusiera con una moción adscribir a cada Grupo político, con carácter proporcional al número de miembros, un número adecuado de personal eventual para la realización de las tareas de apoyo y asesoramiento indispensables para el ejercicio de sus funciones corporativas.

El alcalde de La Laguna, José Alberto Díaz, pretendió primero que no se votara este punto del orden del día, aludiendo a la necesidad de que la secretaria informara sobre una enmienda presentada por Pérez en el propio Pleno. Sin embargo, al haber sido retirada por el portavoz de XTF-NC,  el alcalde no tuvo otro remedio que pasarla a votación y perderla, con el único apoyo del PSOE, cuya portavoz, Mónica Martín, quiere seguir disfrutando del 100% del personal eventual para el Gobierno.

Los argumentos del Gobierno para desestimar el recurso se fundamentaban en que el artículo 87.c) del ROM prohíbe la presentación de una moción que ya ha sido rechazada por el Pleno hasta que haya transcurrido 1 año, considerando que “el recurso de reposición está, en la práctica, tratando de eludir lo previsto en el ROM”.

Sin embargo, frente a ese criterio la Asesoría Jurídica manifiesta su disconformidad “ya que tal interpretación podría vaciar de contenido el ejercicio del derecho de defensa de los concejales, ejercitando los recursos administrativos, sean preceptivos o potestativos, y judiciales que estimen pertinentes siempre que ostentes legitimación para ello”.

Otro argumento para desestimar el recurso era que la modificación de los acuerdos relativos a este tipo de personal sólo puede hacerse al comienzo del mandato o con motivo de la aprobación de los Presupuestos anuales.

No obstante, debe recordarse que al contrario de lo ocurrido en todas las etapas corporativas desde 1999, al comienzo de este mandato se aprobó por el Pleno un acuerdo fijando solamente el número, la categoría y las retribuciones del personal eventual, sin especificar su adscripción al Gobierno o a los Grupos Políticos.

Por tanto, lo que se solicitó en la moción y en el recurso de reposición no implica modificación alguna de dicho acuerdo plenario, ya que el nombramiento, cese y la adscripción del personal eventual se ha efectuado a lo largo del actual mandato corporativo por nombramiento de la Alcaldía, que es lo que prevé el 55.4 del ROM, cuyo cumplimiento cabal está solicitando Santiago Pérez frente a la situación discriminatoria actual.

Si la Corporación decide crear 27 plazas de personal eventual no puede acapararlo el Gobierno municipal, sino que se activa la previsión del artículo 55.4 del ROM. Pues de lo contrario se está aplicando discriminatoriamente esa disposición, lesionando el derecho fundamental a la igualdad en la aplicación de la Ley y el derecho fundamental a la participación política en condiciones de igualdad”, explicó Santiago Pérez.

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